¿Sabías que desde el 1 de enero de 2018 con la Ley RUTA…
- Si estás dad@ de alta como Autonom@ puedes deducirte del IRPF los suministros de tu vivienda habitual (agua, gas, electricidad, teléfono e internet) en un 30% sobre los m2 que has declarado afectos a la actividad.
- Si estás dad@ de alta como Autonom@ puedes deducirte del IRPF los gastos diarios por manutención si pagas por medios electrónicos en establecimientos de restauración y hostelería?
- se amplia a 1 año la tarifa plana de 50€ a la seguridad social para nuevos autónomos y mujeres que se reincorporen tras la maternidad.
- podrás darte de alta y baja en el Régimen de Autónomos hasta 3 veces al año pagando únicamene por los días cotizados.
- si te diste de baja hace 3 años te pudes bonificar de la tarifa plana en la Seguridad Social de nuevo?
- se amplia a 1 año la tarifa plana de 50€ a la seguridad social para nuevos autónomos y mujeres que se reincorporen tras la maternidad.
(*Ley Ruta = Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo)






