III ACUERDO SOCIAL EN DEFENSA DEL EMPLEO (OCTUBRE 2020)

 

El Gobierno ha vuelto a establecer medidas de apoyo al colectivo de trabajo autónomo que estarán vigentes hasta el 31 de enero. Desde el equipo de Demosfera os ofrecemos un breve resumen de lo más relevante. Todas las medidas están recogidas en el título II del Real Decreto 30/2020 del día 30 de septiembre (pincha aquí para verlo completo)

 

Tendrán derecho a la Prestación económica de cese de actividad de naturaleza extraordinaria quienes:

 

  1. Se vean en obligación de suspender la actividad al completo por orden de las autoridades competentes para frenar la propagación del virus. Siempre y cuando lleven 30 días de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social y estén al corriente de pago de las cuotas.

 

  1. Reduzcan los ingresos de la actividad en al menos un 50% respecto al I Trimestre de 2020 yo no tengan ingresos procedentes de la actividad por cuenta propia en el IV Trimestre de 2020 superiores al SMI.

 

La cuantía a percibir por estas prestaciones, será del 50% de la base de cotización. Pudiendo ser incrementada un 20% si se es familia numerosa y el 100% de los ingresos de la unidad familiar provienen del trabajo suspendido.

 

No se pagarán las cuotas de la Seguridad Social durante este periodo.

 

Las Mutuas se encargarán de la gestión y de la comprobación de que se hayan cumplido los requisitos a partir de marzo de 2021. Desde Demosfera te facilitamos la documentación que necesitarás.

 

Existe la posibilidad de solicitar la prestación y posteriormente, en caso de que la situación sea mejor de la esperada y la caída de ingresos no sea tan grande, se puede devolver al prestación y cancelarla.

 

 

Además, en la Disposición Adicional cuarta, se establece que quienes hayan estado percibiendo la prestación por cese de actividad compatible con el trabajo por cuenta propia que recogía el artículo 9, del Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio, puedes ver aquí nuestro post al respecto. Podrán prorrogar esta prestación hasta el 31 de enero, siempre y cuando sigan cumpliendo los requisitos exigidos.

 

A continuación pasamos a resumir en la siguiente tabla las medidas vigentes a favor de trabajadores autónomos:

Nuevas medidas a favor de trabajadores autónomos

fuente: https://iurislab.es/

Si necesitas más información contacta con nosotr@s en info@demosfera.org.