AUTÓNOM@S ANTE LA CRISIS SANITARIA POR COVID-19

 

¿Cómo actuar durante el cese de actividad ante la crisis sanitaria por COVID-19?

 

Debido a la crisis sanitaria originada por el COVID-19, el Gobierno ha presentado una serie de medidas para trabajadoras y trabajadores autónomos. El equipo de Demosfera hemos resumido la información más relevante, no obstante, esta información está actualizada a día 23 de marzo, si en los próximos días hay novedades, lo actualizaremos.

La actuación más relevante, es la posibilidad de solicitar una prestación por cese de actividad, cuando tu actividad haya tenido que suspenderse por el Estado de Alarma, o cuando caiga la facturación un 75% respecto al semestre anterior. Por ejemplo, si solicitas la prestación el 1 de abril, se calcularán los ingresos obtenidos entre el 1 y el 31 de marzo de 2020, que tienen que ser al menos un 75% inferior a la media mensual de los ingresos entre el 1 de septiembre de 2019 y el 29 de febrero de 2020. Te recomendamos solicitar el cese de actividad durante el mes de Abril (no antes) para que se tenga en cuenta el cálculo de ingresos del mes de Marzo. 

 

Requisitos para poder pedir la prestación 

✔ Que tu actividad esté incluida entre las que suspendió el Real Decreto del Estado de Alarma. PINCHA  AQUÍ PARA COMPROBARLO EN EL ANEXO DEL FINAL DEL DOCUMENTO o que tu actividad haya caído un 75% respecto al semestre anterior (te lo solicitará tu Mutua)

✔ Estar de alta en el régimen de la Seguridad Social con fecha 14 de marzo.

 

La duración de la prestación será de un mes, prorrogable si aumenta el Estado de Alarma.

La cuantía a percibir es el 70% de la base de cotización, en caso de cotizar por la cuantía mínima, será de 661,04€. Además, habrá exención de pago la cuota de la Seguridad Social correspondiente.

 

⚠ Para solicitar la prestación, debes ponerte en contacto con tu Mutua.  La prestación se solicita telemáticamente y tienes que adjuntar la siguiente documentación:

▪Modelo 145 cumplimentado. PINCHA AQUÍ PARA DESCARGARLO
▪Últimos dos recibos bancarios con el pago de la cuota de la Seguridad Social.
▪Fotocopia del DNI.
▪Número de cuenta donde quieres que te ingresen la prestación.
▪En caso de tener descendientes a cargo una fotocopia del Libro de familia.
▪En caso de tener que demostrar el 75% de caída de ingresos, la documentación que solicite la Mutua.

 

Puedes ampliar tu información o contrastarla, en las fuentes oficiales del Estado:

• Comunicado del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones del 19/03/2020: http://prensa.mitramiss.gob.es/WebPrensa/noticias/ministro/detalle/3750

• Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19: https://www.boe.es/eli/es/rdl/2020/03/17/8

• Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-3692